martes, 10 de febrero de 2009

SISTEMA ECONOMICO EN LA CONSTITUCION DE 1991


PRINCIPIOS ECONOMICOS



*REGULACIÓN


*PROVISIÓN


*FISCALIZACIÓN


*REDISTRIBUCIÓN


*ESTABILIZACIÓN



REGULACIÓN ECONÓMICA
Se refiere a políticas que el Estado impone a sectores específicos de la economía sobre condiciones de entrada y/o salida, precios, requerimientos de inversión y niveles de calidad para la prestación de un servicio. Este servicio debe ser reconocido por la constitución. Ejemplo: Agua, espectro electromanético, transporte, salud, etc.
La regulación de los servicios es relevante ya que constituyen servicios esenciales e indispensables para la sociedad y las actividades productivas, también su funcionamiento tiene consecuencias económicas y sociales mucho más profundas que las de cualquier otra actividad económica. De todos los servicios, debe igualmete regularse el precios de los mismos el cual debe cubrir: gastos administrativos y operacionales, depreciación, necesidades de ampliación, retorno al capital invertido.
La regulación puede llegar a describirse, como mecánica social, con la imagen del termostato. El termostato es un regulador que permite controlar la temperatura cuando alcanza determinados niveles. Allí tenemos la imagen de una regulación mecánica. Cuando la sociedad es una máquina, los hombres como técnicos sociales adoptan el rol del regulador. En el fordismo el rol de regulador lo cumple el Estado nacional. Para eso debe preocuparse que la sociedad no llegue a situaciones límite. Los expertos del Estado tienen como tarea establecer reglas para las políticas económicas de tal suerte que la economía no se recaliente o la coyuntura no resulte demasiado fría.Visto históricamente el estado creó con frecuencia mercados. Necesitaron dictar severas normas obligatorias para legitimar la expropiación de las tierras de los campesinos, construir casas pobres, introducir los impuestos y obligar a los hombres y mujeres a vender su fuerza de trabajo. La regulación de las relaciones laborales creó el mercado de trabajo. En el fordismo se basó la regulación estatal del desarrollo sobre la práctica de la técnica social para planear la intervención en la sociedad. La técnica social se basa en una técnica de comprensión de la política.

PROVISIÓN ECONÓMICA
Es la misma constitución, la que en sus artículos muestra de manera corta la provisión de los servicios para la comunidad. Por ejemplo en el caso de la salud, se le da reconocimiento como bien público (Artículo 49 de la Constitución).“Los servicios de la salud se organizarán en forma descentralizada”.“La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria”.“Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad".
Es el Estado el que asegura la provisión del servicio y la viabilidad de los negocios relacinados con éste.

FISCALIZACIÓN ECONÓMICA
La fiscalizacion, es un mecanismo de control que tiene una connotación muy amplia; se entiende como sinónimo de inspección, de vigilancia, de seguimiento de auditoría, de supervisión, de control y de alguna manera de evaluación, ya que evaluar es medir, y medir implica comparar. El término significa, cuidar y comprobar que se proceda con apego a la ley y a las normas establecidas al efecto.
Esta función está a cargo del Estado, ya que es éste quien debe regular y suministrar los servicios económicos a los ciudadanos, quienes la realizan en nombre del Estado son los revisores fiscales, al igual que las Superintendencias.
La revisoría fiscal es el órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad de un contador público en la calidad de revisor fiscal y con sujeción a las normas que les son propias, le corresponde fiscalizar al ente económico, para lo cual debe examinar las operaciones y sus procesos integrantes en forma oportuna e independiente, revisar y evaluar sistemáticamente los componentes y elementos que integran el control interno, dictaminar los estados financieros, evaluar la gestión de los administradores y rendir informes en los términos que le señala la ley y los estatutos, dando fé pública en los casos previstos en las normas legales.

REDISTRIBUCIÓN ECONÓMICA
Para la redistriución de los servicios públicos, fueron creados los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994, que especifica que deben ser constituidos por los concejos municipales y las asambleas departamentales).
Dentro de cada Fondo creado se llevará la contabilidad separada por cada servicio prestado en el municipio o distrito y al interior de ellos no podrán hacerse transferencias de recursos entre servicios.
Es un mecanismo mediante el cual un grupo o individuo políticamente más poderoso capta bienes o servicios de los demás miembros de la sociedad para su reasignación selectiva.Se mueve entre la desigualdad absoluta cuando es entendida como recompensa a unas elites guerreras (arbitrariedad dictatorial) y la moderada (sociedades que tienden a la democracia), pudiendo llegar incluso a convertirse en factor correctivo de desigualdades de origen histórico o ecológico; estas últimas surgen al hacer balance de los territorios con mayor y menor potencial productivo en una sociedad. Aunque se manifiesta con mayor claridad en las entidades numerosas, es observable en toda relación humana y no faltan ejemplos en el mundo natural. En América Latina, el Tahuantinsuyu es el caso más mencionado, aunque no unánimemente reconocido como de redistribución tendente a la equidad.
"La redistribución es hoy día en todo el mundo tomada como si fuese una función propia y ética de los gobiernos. Se justifican los impuestos progresivos como instrumentos de redistribución de riqueza y como manifestación de sensibilidad social y compasión".Por Manuel F. Ayau Cordón


ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA
La estabilización busca el equilibrio de los precios de los servicios para fortalecer su prestación, comercialización, etc.
Desde el las normas de la competencias podemos decir que el derecho a competir no es un derecho absoluto; la libre competencia no implica que el Estado no imponga ciertos controles que le permitan desarrollar preceptos constitucionales que lo obligan a garantizar condiciones de producción y desarrollo económico.A través de estímulos o de prohibiciones, el Estado puede influir el comportamiento de algunas actividades como la producción, distribución, utilización y consumo de bienes, con miras a una racionalización en la economía."Los Fondos de Estabilización de Precios son mecanismos de fomento y desarrollo, creados por la ley, que buscan el equilibrio del precio de un producto, con miras a fortalecer su comercialización.A partir de precios máximos y mínimos de referencia, determinados por el precio promedio del mercado, se califica uno como alto o bajo y, a través de cesiones y compensaciones, se recaudan recursos con los que financia la estabilización del precio correspondiente para que no se afecte por la alta volatilidad del mercado". Marta Ligia García














DERECHOS ECONOMICOS EN LAS CONSTITUCIONES









1819- 1886: intervención del proceso económicoAntes de 1919 periodo de la colonia España manejaba economía de las colonia, monopolizaba el comercio las colonias americanas no podían comerciar con otras naciones la economía era dependiente d España, el contrabando de desarrollaba especialmente la corona inglesa, opera el sistema de corzo protección que brindaba el estado ingles a quienes armaban flotas para combatir en el mar a los enemigos de Inglaterra (España). Monopolio y estanco de ciertos productos: eran detenidos en el comercio para efectos de control (monopolio de rentas: en el cual hay un solo vendedor – monopsonio es el monopolio de venta, para construir un monopolio el estado lo debe hay por ley de la republica debe indemnizar, convirtiéndose en vendedor único, monopolio estancado principales productos aguardiente, tabaco, tute, actualmente licor y armas









1819: republica independienteSe continúan con las leyes españolas a que se da la independencia, en materia económica continua la moneda española.








Constitución de Cúcuta 1821: es de carácter civilista, conservadora y militarista, los partidarios de bolívar y los partidarios de Santander de carácter civilista y liberal, se da un estado principalmente civil con amplias libertades y con poca intervención, inicia la controversia con los Bolivaristas.--Bolívar busca su poder en lo militar y con sus colegas venezolanos.--Santander se refugia en los granadinos los cuales eran conforme al derecho, este invita al congreso de Panamá a E.U y a Inglaterra este desvirtúa el pensamiento de Bolívar.Bolívar se proclama dictador.Se separan y se disuelve la gran Colombia.Santander se va a E.U cuando regresa se convierte presidente 1833- 1837



1863 CONSTITUCION DE RIO NEGRO:



no tubo representación de los conservadores se tildo de utópica por que concedía libertades a las personas libertad de comercio y porte de armas, es la constitución de los estados unidos de Colombia cada estado es soberano 9 estados ósea 9 presidentes y el presidente de la federación que era más un símbolo, en las libertades económicas se da la libertad de oficio libertad de enseñanza, toda persona tenia derecho escoger su oficio como quisieran, el estado no exige requisitos universitarios no títulos, se cierran las universidades.

NUÑEZ 1885 se da la regeneración, pertenecía al partido liberal va a donde los conservadores porque los liberales ya tenían candidatos después crea su partido unión nacional y reforma la constitución de 1863 considera que no deben existir los periodos lagos para los presidentes 2 años y crea la constitución y esta se expide en nombre del pueblo de 1886 y este se empieza a reelegir.Miguel Antonio caro redactan la constitución de 1886 la cual habla de un periodo para el presidente de 6 años, restringe libertades y suprimió alguno, restringió libertad de prensa, restringe porte de armas y lo convierte en monopolio del estado, la libertad de asociación y la libertad para educar, la libertad de conciencia se expide en nombre de dios, otorga el poder a la iglesia gran victorioso de esta constitución.

No hay comentarios:

Publicar un comentario